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Seguros de Caución y obligatorios en obra

Estamos re abriendo la cuarentena después de un paro de actividad en la construcción prolongado. es momento de re empezar o iniciar las obras en construcción que hay en Argentina. Para ello es necesario actuar con cautela y tener todos los papeles en regla, los seguros obligatorios para obras son claves.

Hay que tener seguros de obra y seguro de caución que son exigidos por los municipios y grandes empresas contratistas para hacer una obra en regla y en paz.

Los seguros de caución de obra nos cubren por los accidentes que pueden tener y por los atrasos en lo tiempos de la obra.

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Seguros de Caución

El seguro de caución, es un de seguro de garantía, donde el asegurador se obliga a indemnizar al asegurado por los perjuicios que sufra en caso de que el tomador del seguro incumpla las obligaciones, legales o contractuales, que mantenga con éste.

Suelen ser seguros obligatorios donde por requisito se solicita tener esta garantía contractual para ejecutar una obra de construcción, hacer una exportación o importación de productos, también hay cauciones judiciales.

Contrate seguros online con el mejor asesoramiento por teléfono, en épocas de pandemia mantengase a salvo saliendo lo menos posible de su casa.

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Seguros online obligatorios legales

Consultar online precios de seguros obligatorios según la legislación vigente, para seguros de vida obligatorios, el decreto ley 1567/74, y para ART, ley 24557 de Riesgos de Trabajo, también de seguro de responsabilidad civil comprensiva según la actividad profesional o tipo de servicio que realice su empresa

Seguro de vida obligatorio (Decreto 1567/74): es una cobertura en caso de muerte de un empleado. ART (Según Ley 24557 de Riesgos de Trabajo): es una cobertura en caso de accidentes de trabajo.

Además, de acuerdo a la actividad que desempeñe su empresa, se agregan las siguientes coberturas:

  • Seguro de Vida Obligatorio para Actividades Rurales (Ley 16.600). Por muerte e invalidez total y permanente.
  • Convenio Mercantil (N° 130/75). Ampara muerte del empleado (suicidio inclusive), invalidez total y permanente por accidente o enfermedad.

Si nuestra empresa no cuenta con la contratación de los seguros estaremos en infracción y en caso de que suceda algún siniestro nos veremos obligados a abonar el beneficio del seguro al trabajador en forma directa.