Sobre seguros de responsabilidad civil obligatorios, de acuerdo con la Resolución N° 268/2021 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), las modificaciones regirán para pólizas y renovaciones emitidas a partir del 1 de abril de 2021. A continuación, detallamos los límites antes y después de los aumentos dispuestos. Cotizar seguro de auto.
Vigente desde 2019 | A partir del 1 de abril del 2021 | |
Seguro voluntario (autos, motos, remolques y casas rodantes) | ARS 10 000 000 | ARS 17 500 000 |
-Transporte de hasta 8 pasajeros, camiones, maquinaria, vehículos de emergencia y vehículos de hasta 3500 kg. | ARS 22 000 000 | ARS 38 500 000 |
-Transporte de más de 8 pasajeros y vehículos de más de 3500 kg. | ARS 30 000 000* | ARS 58 000 000 |
Seguro obligatorio en caso de muerte o incapacidad total y permanente por persona (por acontecimiento y, en caso de pluralidad de reclamos, el doble) | ARS 1 000 000 | ARS 1 750 000 |
Obligación legal autónoma (gastos sanatoriales y de sepelio por persona) | Hasta ARS 45 000 y ARS 24 000 | Hasta ARS 80 000 yARS 45 000 |
Descubierto obligatorio para taxis y remises | ARS 30 000 | ARS 42 000 |
La Resolución establece que aquellas aseguradoras que quisieran ampliar los nuevos límites establecidos para los seguros de responsabilidad civil voluntarios deberán solicitar autorización a la SSN y remitir la siguiente documentación: (i) copia certificada del acta del órgano de administración o decisión del representante legal inscripto, en caso de sucursales extranjeras, y (ii) política de suscripción y retención de riesgos conforme el punto 24.1 del RGAA.
Por último, la Resolución encomienda a la Gerencia Técnica y Normativa de la SSN el análisis de la suficiencia de los límites del seguro de responsabilidad civil para los vehículos automotores y/o remolcados en octubre de cada año. Estos regirán para contratos nuevos o renovaciones que se efectúen a partir del 1 de enero del año siguiente.